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Testamento

Derecho sucesorio

Testamento

La legislación española regula la transmisión “mortis causa”, de forma extensa, destinando un importante capítulo a los testamentos, que es de facto uno de los actos más trascendentes en la vida de una persona, ya que refleja la voluntad de la persona respecto al destino de los bienes y a otras cuestiones personales de relevancia (tutores, reconocimientos de hijos, etc).

Aunque existan en nuestra legislación varias formas testamentarias, muchas de ellas fijadas para circunstancias excepcionales, la más habitual es el testamento abierto, que contiene la voluntad del causante, manteniéndola el notario en absoluto secreto, sin que sea accesible a nadie mientras no se acredite el fallecimiento del causante, y que es modificable por parte del testador durante toda su vida, tanta veces como estime oportuno.

Esta modalidad presenta innumerables ventajas de asesoramiento y (ya que el notario le dará forma a lo que usted quiere, le explicara las limitaciones que existen, etcétera) y seguridad, ya que la fe pública se extiende sobre su contenido y la labor notarial hace que goce de todas las garantías jurídicas, evitando los problemas que se pueden derivar de la inexacta aplicación en las formas y en el fondo de una materia altamente compleja.